Que Es El Voto Blanco?

Que Es El Voto Blanco
El voto en blanco es una opción de sufragio por la cual los votantes no votan a ninguno de los candidatos posibles, en función del país puede clasificarse como voto válido o como voto nulo. Por ejemplo, si en un país existe la posibilidad de votar a tres partidos políticos y no estamos de acuerdo o no nos identificamos con ninguno, pero sí queremos dejar constancia de nuestro voto, podremos votar en blanco.

¿Qué pasa si en las elecciones gana el voto en blanco?

¿En todos los países hay voto en blanco? No. En muchos países no existe la opción de voto en blanco y los ciudadanos que no desean votar por ningún candidato simplemente dejan de marcar la tarjeta. En Colombia los votos en blanco son votos válidos, a diferencia de las tarjetas no marcadas y los votos nulos.

¿Cuándo en Argentina ganó el voto en blanco?

¿Qué es el voto en blanco?

Enlaces externos [ editar ] –

  • Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Elecciones presidenciales de Argentina de 1963.

¿Qué es y para qué sirve el voto?

Estructura del voto [ editar ] – El voto es un acto relativamente sencillo que no permite traslucir los matices de las preferencias políticas de los ciudadanos. La estructura del voto es la forma de emisión o expresión del voto y está estrechamente vinculada a la forma de la candidatura. Otra tipología distingue fundamentalmente entre dos estructuras de voto: el voto único y el voto múltiple, que dan lugar a su vez a diversas modalidades:

  1. El voto único es aquel en el que el elector emite un solo voto. Esto se produce sea cual fuere el número de escaños asignados a una circunscripción. Puede emitirse en circunscripciones uninominales, cuando se vota a una candidatura unipersonal, o en circunscripción plurinominales, cuando se vota a una única lista de candidatos que sea cerrada y bloqueada.
  2. El voto múltiple permite emitir tantos votos como escaños dispone una circunscripción, pudiendo dar un máximo de un voto a cada candidato. Se aplica, generalmente, en circunscripciones plurinominales y para las listas abiertas y las listas desbloqueadas.
  3. El voto alternativo es una forma de voto único donde el elector muestra su segunda preferencia, es decir, indica que candidato votaría en el supuesto de que su candidato elegido como primera preferencia no obtenga los votos necesarios para ser designado.
  4. El voto limitado es una variante de voto múltiple. En este caso, el elector dispone de un número de votos menor a los escaños de que dispone la circunscripción electoral. Suele aplicarse en circunscripciones plurinominales y sistemas mayoritarios con listas abiertas.
  5. El voto acumulativo es otra variante de voto múltiple. En este caso, el elector sí tiene posibilidad de conceder varios votos a un solo candidato si así lo desea. Esta capacidad de acumulación de votos puede ser limitada o no y puede no ser ejercida por el elector, el cual prefiera distribuir los votos entre distintos candidatos.
  6. El voto preferencial es aquel tipo de voto múltiple en el que el elector establece su orden de preferencias para elegir a los candidatos. Este orden puede consistir en poner un número en los nombres de los candidatos, o bien, en señalar a un número determinado de candidatos que. incluso, puede verse reducido a la expresión de preferencia por un único candidato. Está asociado a las listas desbloqueadas.
  7. El voto combinado , conocido también como panachage , es un tipo de voto múltiple en el que se tiene el poder de seleccionar candidatos de distintos partidos sin que tenga relevancia alguna su posición en la lista. La voluntad del elector puede configurar una votación mezclando a candidatos de listas diferentes y establecer su orden de preferencias. Está asociado a las listas abiertas.
  8. El voto doble es una conjunción entre dos formas de candidaturas: el voto de lista y el voto unipersonal. El elector toma dos decisiones con dos votos: con un voto elige a una lista de partido y con el otro voto escoge a un candidato, que puede pertenecer a un partido no coincidente con el partido al cual eligió en el voto de lista.
  9. El voto rogado es una forma de sufragio restrictivo en la que, el elector, debe solicitar (o «rogar») que le sea permitido sufragar, por lo general, a una autoridad electoral. Suele utilizarse con colectivos cuyos derechos civiles son puestos, de facto , en entredicho. España se lo impone, desde 2011, a sus residentes en el exterior.